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📋I-589 – Solicitud de asilo y suspensión de deportación
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⚠️ Importante:

Estos pasos son una guía general y pueden variar ligeramente según el país o consulado seleccionado.
📌 Verifica siempre las instrucciones específicas del sitio oficial donde realizarás tu proceso.

⚖️ Aviso legal: Esta información es solo orientativa y no constituye asesoría legal. Para tu caso específico, consulta con un abogado de migración certificado.

Tu trámite en 4 fases · 25 pasos

Preparación

7 pasos

Aplicación

6 pasos

Seguimiento

6 pasos

Resultado

6 pasos

Preparación

Antes de iniciar

  1. 1

    Es la solicitud oficial para pedir asilo en EE.UU. o suspensión de deportación. Se usa si estás físicamente en el país y no eres ciudadano. Debe presentarse preferentemente dentro del primer año después de tu llegada. Instrucciones en español:

    👉 Haz clic en el enlace para acceder a la información oficial.
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  2. 2

    Descarga el formulario y guía oficiales desde USCIS: - Formulario I‑589 PDF:

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    - Instrucciones (español):

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  3. 3

    Debe presentarse dentro del primer año después de tu llegada a EE.UU., salvo circunstancias extraordinarias o cambios significativos en tu país de origen, según las instrucciones oficiales.

  4. 4

    Incluye nombre completo, fecha de nacimiento, país de origen, dirección actual, número A (si aplica), número de I‑94, estatus migratorio, y contacto.

  5. 5

    Debes detallar cónyuge e hijos solteros menores de 21 años que estén en EE.UU. Si están fuera, puedes solicitar reunificación con el Formulario I‑730 más adelante.

  6. 6

    Plasma fechas, lugares, responsables, detalles cronológicos de los eventos y por qué temes regresar. Sé específico, ordenado y honesto.

  7. 7

    Artículos de prensa, informes de ONG, documentación médica, declaraciones juradas, registros policiales u oficiales que demuestren persecución o riesgo.

Aplicación

Presentación del trámite

  1. 8

    Sí, cualquier arresto o condena debe indicarse, explicarse y respaldarse con documentos oficiales o certificaciones de tribunales.

  2. 9

    Marca la Parte D para tu firma y fecha. Si otra persona completó el formulario, debe llenar la Parte E correspondiente.

  3. 10

    El G‑1145 permite recibir notificaciones electrónicas (opcional). El G‑28 es obligatorio si cuentas con representante legal autorizado.

  4. 11

    No. USCIS ya no requiere fotos tipo pasaporte ni múltiples copias del formulario o documentos adjuntos.

  5. 12

    Usa la edición válida (03/01/23 o posterior), llena todos los campos, firma, y verifica que todo esté completo y actualizado.

  6. 13

    Si es un asilo afirmativo, envíalo a la oficina de asilo correspondiente (ver herramienta de presentación en

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    Si es asilo defensivo, preséntalo en el tribunal de inmigración y copia a ICE‑OPLA.

Seguimiento

Procesamiento

  1. 14

    Sí. Guarda una copia completa del paquete, con el sello o recibo de envío, por si necesitas referenciarlo en audiencias o renovación de estatus.

  2. 15

    Recibirás un Aviso de Recepción (número de caso) y una invitación a cita biométrica en un centro ASC (huellas, firma, foto).

  3. 16

    Presenta tu solicitud original, evidencia, testigos y traductor si no hablas inglés. Consulta detalles en la sección de entrevistas de la oficina de asilo en USCIS.

  4. 17

    Sí, si han pasado 150 días desde que USCIS aceptó tu solicitud completa y sin demoras tuyas. Aplica el Formulario I‑765.

  5. 18

    No. Salir de EE.UU. sin Advance Parole (Formulario I‑131 aprobado) se considera abandono de la solicitud.

  6. 19

    Debes informar un cambio dentro de los 10 días mediante el Formulario AR‑11 o en tu cuenta USCIS.

Resultado

Cierre del caso

  1. 20

    Responde dentro del plazo dado con la evidencia solicitada. Si estás en corte, sigue las instrucciones del juez.

  2. 21

    Sí. No pagas al gobierno, pero el abogado debe estar acreditado y presentar Formulario G‑28.

  3. 22

    • Si es asilo defensivo (en corte), adjunta la Notificación de Comparecencia (NTA). • Si aplicaste con I‑130 o I‑140, incluye copia de esa petición. • Si eres menor no acompañado, sigue el protocolo para UAC de USCIS.

  4. 23

    Marca la opción correspondiente en el formulario y adjunta evidencia de riesgo de tortura; no aplica límite de plazo de un año.

  5. 24

    Si se aprueba, obtienes asilo y puedes solicitar residencia tras un año. Si se niega, puedes apelar o solicitar revisión judicial.

  6. 25

    Consulta el estado con tu número de caso en

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